Aprobado el Reglamento de Prevención y Sanción frente a actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo de la Federación Vasca de Golf

El pasado 16 de febrero se aprobó en Asamblea el Reglamento de Prevención y Sanción frente a actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo de la Federación Vasca de Golf.

Así mismo se ha firmado un acuerdo de colaboración con la Dirección Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco para prevenir, investigar y, en su caso, sancionar la existencia de actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo en el ámbito de la actividad deportiva-federativa, así como la adhesión de la Federación Vasca de Golf al servicio de la UFDV-EKFB en materia de acoso y abuso en el deporte.

Se ha nombrado a María Asunción Ugalde Retegui, responsable técnica del cumplimiento del reglamento y de las pautas establecidas. Velará por su dinamización y buen funcionamiento, y será la persona encargada de atender, de forma confidencial, cualquier denuncia de abuso o acoso sexual o de acoso por razón de sexo y de dinamizar el procedimiento de actuación correspondiente en nuestra Federación.

Por todo ello, os adjuntamos el Reglamento de Prevención y Sanción frente a actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo de la Federación Vasca de Golf, así como las pautas de actuación ante actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo.

Debemos ser todos muy estrictos/as y exigentes en el cumplimiento de la normativa que os adjuntamos, para evitar que se produzcan incidencias y posibles reclamaciones o denuncias, con el consiguiente perjuicio para todos/as.

OBJETIVO GENERAL

Por una parte, la esfera deportiva es una de las áreas en las que la desigualdad estructural entre
mujeres y hombres es más manifiesta. Por otra parte, cabe señalar que niñas, niños y
adolescentes, y mujeres, son especialmente vulnerables ante los delitos de carácter sexual, en
todos los órdenes de sociedad y también en el deportivo.
Ante estas circunstancias, la Federación Vasca de Golf ha aprobado unas pautas de actuación
que tienen por objetivo general evitar las posibles situaciones de abuso y acoso sexual y de
acoso por razón de sexo en el ámbito federativo, y afrontarlas de manera efectiva en caso de
que éstas lleguen a producirse.

ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación de estas pautas se extiende a las personas físicas y jurídicas que
participen o intervengan en las actividades de la Federación Deportiva.

PERSONA DE CONFIANZA

La federación contará con una persona, obligatoriamente una mujer, quien será la responsable
técnica del cumplimiento de estas pautas y velará por su dinamización y buen funcionamiento.
Deberá contar obligatoriamente con formación en cuestiones de igualdad, abuso y acoso sexual
y acoso por razón de sexo, y será la persona encargada de atender, de forma confidencial,
cualquier denuncia de abuso o acoso sexual o de acoso por razón de sexo y de dinamizar el
procedimiento de actuación correspondiente. La Persona de Confianza de la entidad es:

  • María Asunción Ugalde Retegui – Vicepresidenta

PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN

El procedimiento comienza con la presentación de la correspondiente denuncia, que puede ser
desarrollada por la propia víctima o por cualquier otra persona que tenga conocimiento o
sospechas de una situación de abuso o acoso sexual o de acoso por razón de sexo.
La Persona de Confianza tras realizar un primer análisis de los datos objetivos podrá:

  1. No admitir a trámite la denuncia, cuando resulte evidente que lo planteado no pertenece al
    ámbito de este protocolo.
  2. Iniciar un procedimiento informal.
    a. Situaciones: cuándo las conductas sean constitutivas de faltas de carácter leve, salvo
    que la víctima considere aconsejable acudir directamente al procedimiento formal
    o se trate de conductas sexistas que no son constitutivas de abuso y acoso sexual o
    acoso por razón de sexo, pero que pudieran serlo, de seguir produciéndose.
    b. Objetivo: resolver el problema extraoficialmente o que no llegue a convertirse en
    una situación de abuso o acoso sexual o por razón de sexo.
    c. Finalización: cuando exista un acuerdo entre las partes sobre la resolución de la
    queja.
  3. Iniciar la tramitación de un procedimiento formal. Para ello, se podrá derivar el caso al
    servicio de atención ante el abuso y acoso sexual y acoso por razón de sexo en el deporte
    del Gobierno Vasco y Basque Team, Zure Taldekoak Gara.
    a. Situaciones: cuando las conductas sean constitutivas de faltas de carácter grave o
    muy grave, o cuando la víctima, tras haber pasado previamente por un
    procedimiento informal, no queda satisfecha con la solución o existe reiteración en
    las conductas denunciadas.
    b. Objetivo: desarrollar un proceso de investigación formal sobre la denuncia.
    c. Finalización: archivo de la denuncia, o adopción de medidas disciplinarias y, en su
    caso, correctivas tanto en el ámbito del Régimen Disciplinario de la Federación como
    en el ámbito de las relaciones laborales o de voluntariado por parte de la entidad
    en la que los hechos han acontecido.

CANALES DE COMUNICACIÓN DE LAS DENUNCIAS

La federación cuenta con un número telefónico y un correo electrónico para que cualquier
persona que sea víctima o que tenga conocimiento o sospechas de una situación de abuso o
acoso sexual o de acoso por razón de sexo pueda presentar una queja o denuncia, así como para
solicitar cualquier información relativa al protocolo o información vinculada. Estos canales serán
atendidos por las Personas de Confianza de la federación.


o Teléfono: 943 293508


o Correo electrónico: delegadaaas@fvgolf.com
Asimismo, la Unión de Federaciones Deportivas Vascas habilitará un canal de denuncias en la
oficina virtual de atención que ofrece en su página web.


o Teléfono: 946 232 689


o Correo electrónico: ekfb@euskalkirola.eus


o Web: https://euskalkirola.eus/


Además, las personas que así lo deseen pueden ponerse en contacto directamente con “Zure
Taldekoak Gara”, servicio de atención y asesoramiento especializado ante el abuso y acoso
sexual y el acoso por razón de sexo en el deporte del Gobierno Vasco y Basque Team.


o Teléfono: 688 671 000


o Correo electrónico: zuretaldekoakgara@euskadi.eus


o Web: https://www.euskadi.eus/somosdetuequipo/


Ante esta triple posibilidad, la persona denunciante decidirá si prefiere comunicarse con la
propia federación, con la Unión de Federaciones Deportivas Vascas o con el servicio ofrecido por
la administración pública.


INSTRUMENTOS PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN ANTE ACTOS DE ACOSO Y ABUSO SEXUAL
Y POR RAZÓN DE SEXO

Para la efectividad de las medidas adoptadas, se han diseñado:

1- Acuerdo de colaboración entre la Federación Vasca de Golf y la Dirección de
Actividad Física y Deporte del Gobierno Vasco.

2- Reglamento de prevención y sanción frente a actos de acoso y abuso sexual y por razón de
sexo.

DIFUSIÓN

1- Se remitirá una circular informativa a todas las personas que integran la estructura de la
federación, a las federaciones territoriales, a todos los clubes y agrupaciones deportivas
integrantes, y al resto de contactos de personas federadas que obren en posesión de la
federación informando de la aprobación de las presentes pautas de actuación y del acuerdo
de colaboración para una aplicación efectiva.

2- Se incorpora en la web de la federación, en un lugar destacado, un espacio específico que
facilite:

o Las pautas de actuación ante actos de acoso y abuso sexual y por razón de sexo, así
como cualquier documentación generada para la prevención, detección, y actuación
ante situaciones de violencia contra las mujeres, y de abuso y acoso sexual o de
acoso por razón de sexo, también a menores.

o La identificación de la persona de Confianza de la entidad y la forma de contacto
directo con ella (teléfono y correo electrónico).

o Enlace al canal de denuncias habilitado por la Unión de Federaciones Deportivas
Vascas.

o Teléfono e información del servicio Zure Taldekoak Gara, incorporando el enlace
web.

  • Descargar aquí el Reglamento de Prevención y Sanción Frente a Actos de Acoso y Abuso Sexual y por Razón de Sexo